Expediente · Guerra Civil Española

José María Aldamiz-echevarría y Luzárraga

Ingeniero industrial · Bilbao · 1937–1940
34
años en 1938
2
procesos judiciales
Absuelto
Consejo de Guerra 1937
2.500 ₧
sanción política 1940
Ingeniero de Babcock & Wilcox, nacionalista vasco moderado. El Gobierno de Euzkadi le obligó a diseñar máscaras antigás para civiles y a viajar a Inglaterra y Francia por ello. Tras la guerra fue absuelto en Consejo de Guerra (1937), pero igualmente sancionado con 2.500 pesetas por el Tribunal de Responsabilidades Políticas (1940).

Quién era

Nacimiento~1903–1904
ProfesiónIngeniero Industrial
EstadoCasado, con hijos
EmpresaBabcock & Wilcox
DomicilioElcano 8, Bilbao
2ª casaMundaka
IdeologíaNacionalista vasco moderado
AfiliaciónNinguna (votó PNV, feb-36)

Cronología

8 ENERO 1937
Requerido por Sanidad del Gobierno de Euzkadi
El Consejero Alfredo Espinosa ordena a Babcock que lo ceda a la Sección de Defensa de la Población Civil contra Ataques Aéreos, para estudiar máscaras antigás para civiles.
PRINCIPIOS 1937
Viaje a Inglaterra y Francia
Viaja a ver los modelos de máscara que se fabricaban allí. Pudiendo quedarse fuera, regresa voluntariamente a Bilbao para no exponer a su familia y por el parto próximo de su esposa. No llega a tiempo al nacimiento de su hijo.
JUNIO 1937 →
Caída de Bilbao: requisas y registro
Le requisan el coche y la radio. Registran su casa de Mundaka e incautan oro, plata y ~40.000 ₧ en valores — propiedad de su suegra.
8 OCTUBRE 1937
Consejo de Guerra — Causa nº 724
Juzgado por "rebelión militar". Absuelto libremente, con toda clase de pronunciamientos favorables. Certificado el 20-nov-1937.
27 ENERO 1938
Escrito de descargo
Presenta su defensa ante el Juzgado de Incautación de Bienes, con avales de cinco personas de reconocida adhesión al Movimiento.
15 FEBRERO 1940
Tribunal de Responsabilidades Políticas — Exp. 238
Pese a la absolución militar, se le abre expediente político y se acuerda continuarlo contra él y sus herederos.
ABRIL 1940
Sanción económica
Resolución final: 2.500 pesetas de multa. Pagada (carta de pago, 11–15 abril 1940).

Los dos veredictos

Justicia militar

Consejo de Guerra

Causa nº 724 · 8 oct 1937

Acusación reducida a no haber expresado su adhesión al Movimiento desde el extranjero. El Tribunal valoró las circunstancias familiares y el riesgo.

✓ Absuelto libremente
Justicia política

Responsabilidades Políticas

Expediente nº 238 · 1940

Proceso paralelo administrativo. Los informes lo describen como nacionalista moderado sin actuación destacada, pero la ley sancionaba igualmente.

✗ Multa de 2.500 ₧

Detalles del expediente

Avales presentados

  • Enrique Pérez VillamilIngeniero de Caminos
  • Juan Arzadun IbarraránIngeniero Industrial
  • Ángel López Uribe-EchevarríaJefe Brigada Investigación y Vigilancia de Sestao
  • Joaquín Zuazagoitia AzcorraFarmacéutico
  • Eduardo Bustillo LópezIngeniero Industrial

Requisas e incautaciones

  • AutomóvilRequisado definitivamente
  • Aparato de radioRequisado y luego devuelto
  • Registro en MundakaOro, plata y ~40.000 ₧ en valores de su suegra

Documentos originales

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